JUAN MANUEL RESTREPO OSPINA, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.305.478, domiciliado en la ciudad de Pereira, en calidad de propietario del establecimiento de comercio AUTOMOTORES ANDINA, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013 y demás normas que las modifiquen, deroguen o sustituyan, solicita su autorización para que, de manera libre, previa, expresa y voluntaria permita incluirlo en nuestra base de datos y así recolectar y realizar el tratamiento de sus datos personales.
Con la firma de la presente autorización, se le permitirá a la empresa transferir, almacenar, usar, circular, suprimir, compartir, actualizar y transmitir los datos de acuerdo con el procedimiento y la Política de Protección de Datos Personales.
El tratamiento se realizará mediante correo físico, electrónico, celular o dispositivo móvil, vía mensajes de texto, medios de comunicación, (televisión, diario y página web), redes sociales o cualquier medio análogo y/o digital de comunicación, conocido o por conocer.
Recuerde que, respecto a los datos sensibles, es decir, aquellos que afecten la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, usted no está en la obligación de autorizar su tratamiento.
Los titulares podrán ejercer en cualquier momento su derecho a conocer, actualizar y rectificar sus datos personales; solicitar prueba de la autorización otorgada; ser informado del uso que les han dado a sus datos personales; presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones; revocar la autorización y solicitar la supresión de los datos y acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.
EL TITULAR
NOMBRES Y APELLIDOS: _______________________
DOCUMENTO DE IDENTIDAD: ____________________
FECHA: ____________________
La Empresa queda autorizada de manera expresa e inequívoca para mantener y manejar toda su información conforme a lo previsto en el presente documento.
Celebrado entre AUTOMOTORES ANDINA COLOMBIA S.A.S. y ____________
Entre los suscritos a saber, de una parte, JUAN MANUEL RESTREPO OSPINA, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.305.478, domiciliado en la ciudad de Pereira, en calidad de propietario del establecimiento de comercio AUTOMOTORES ANDINA (en adelante AUTOMOTORES ANDINA); y por la otra ____________, identificado con cédula ___________ (en adelante EL RECEPTOR), hemos convenido celebrar el presente Acuerdo de Confidencialidad, el cual se regirá por las siguientes:
PRIMERA. OBJETO: EL RECEPTOR se obliga a no revelar, divulgar, exhibir, comunicar ni usar información contenida en las bases de datos de AUTOMOTORES ANDINA...
SEGUNDA: EL RECEPTOR como empleado o contratista se convierte en encargado del tratamiento de datos, comprometiéndose al cumplimiento de la ley 1581 de 2012...
TERCERA. NO – OBLIGATORIEDAD: Este Acuerdo no obliga a AUTOMOTORES ANDINA a entregar ninguna información.
CUARTA. DESTINACIÓN: La información será utilizada solo para desarrollar funciones descritas en contratos o manuales...
QUINTA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
SEXTA. INDEMNIDAD: EL RECEPTOR se compromete a indemnizar a AUTOMOTORES ANDINA ante cualquier sanción por su incumplimiento.
SÉPTIMA. PROPIEDAD: Las bases de datos siguen siendo propiedad exclusiva de AUTOMOTORES ANDINA.
OCTAVA. CUSTODIA: El RECEPTOR garantiza medidas de seguridad razonables y control de acceso.
NOVENA. PERJUICIOS Y CLÁUSULA PENAL: El incumplimiento genera derecho a AUTOMOTORES ANDINA de reclamar perjuicios y aplicar una cláusula penal.
DÉCIMA. CLÁUSULA PENAL: Multa equivalente a 50 SMLMV en caso de incumplimiento.
DÉCIMA PRIMERA. NO OTORGAMIENTO DE DERECHOS: No se conceden licencias ni derechos sobre propiedad intelectual.
DÉCIMA SEGUNDA. CONCORDANCIA CON LA LEY: Las partes deben cumplir con las leyes aplicables.
DÉCIMA TERCERA. RESOLUCIÓN DE DIFERENCIAS: Se acudirá primero a conciliación y luego, si es necesario, a acción judicial.
DÉCIMA CUARTA. DISPOSICIONES VARIAS:
DÉCIMA QUINTA. DURACIÓN: Vigente durante el contrato y por 5 años más.
DÉCIMA SEXTA. NOTIFICACIONES:
DÉCIMA SÉPTIMA. ACUERDO TOTAL: Solo se modifica por escrito.
DÉCIMA OCTAVA. EJECUCIÓN: Requiere firma de ambas partes.
Para constancia se firma en Pereira a los ______ (__) días del mes de ______ del 20__.
Por AUTOMOTORES ANDINA
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JUAN MANUEL RESTREPO OSPINA
C.C. 1.088.305.478
Propietario Establecimiento de Comercio
EL RECEPTOR
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Nombre Receptor
C.C. _______________